Posteado en Discapacidad, Empleo, Igualdad, Sanidad, Servicios Sociales, Tercera Edad el 09 - May - 2019
El Centro de Servicios Comunitarios de Iznalloz ya ofrece servicios de atención a emigrantes retornados.
El pasado 6 de mayo se inició el servicio de atención a emigrantes retornados gracias a un acuerdo firmado en el mes de marzo por la Diputación provincial de Granada y la Asociación de Emigrantes Retornados de Granada (AGER).
En nuestro municipio existe un buen número de personas que estuvieron o están trabajando por distintos lugares de Europa, principalmente Francia y Alemania, y todos los temas administrativos relacionados con su vida laboral en estos lugares se les complicaban enormemente por las dificultades del idioma, la distancia y la escasa especialización de la administración pública local.
Desde ahora, quien necesite asesoramiento para cualquier tema relacionado con su estancia laboral en el extranjero (pensiones, vidas laborales, expedientes de la seguridad social francesa, alemana,...) puede concertar su cita para ser atendido por los especialistas de AGER, que acudiran al centro mensualmente el primer lunes de cada mes.
Posteado en Discapacidad, Servicios Sociales, Tercera Edad, Urbanismo el 02 - May - 2019
El pasado 9 de abril, la Junta de Andalucía ha publicado el listado definitivo de solicitudes concedidas y desestimadas del programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas, correspondiente a la convocatoria de mayo de 2018.
Puede consultar el listado aquí
Se establece el día 9 de mayo como fecha límite para posibles reclamaciones, que habrán de formularse mediante recurso de reposición ante la delegación de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Granada.
Más información aquí
Posteado en Discapacidad, Servicios Sociales, Tercera Edad el 06 - Nov - 2018
Consulte aquí la propuesta de resolución completa
A continuación reproduciomos un extracto de la propuesta con los puntos más interesantes:
(DISPOSICIONES)
TERCERO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles a las personas interesadas para que, utilizando el formulario Anexo II publicado en la Orden de 2 de mayo de 2018, puedan alegar lo que estimen pertinente o aceptar la subvención propuesta, conforme a la base decimoctava de las bases reguladoras y el artículo 26 del Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la administración de la Junta de Andalucía.
De igual forma, las personas interesadas que hayan obtenido la consideración de beneficiarias provisionales, así como todas las personas interesadas que hayan obtenido la consideración de beneficiarias suplentes que se recogen en el Anexo II, deberán presentar, junto con el formulario indicado en el apartado anterior, la documentación señalada en la base decimoctava de las bases reguladoras, la cual deberá ser acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud, tanto de los requisitos y declaraciones responsables, como de los criterios de valoración.
Los documentos serán copias auténticas o copias autenticadas.
CUARTO.- El formulario y, en su caso, documentación adjunta podrá presentarse en cualesquiera de los lugares y por cualesquiera de los medios indicados en el apartado primero de la base duodécima de las bases reguladoras, y conforme al apartado tercero de la base decimoctava en lo referente a su presentación a través del Registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía.
QUINTO.- La falta de presentación en plazo (el plazo termina el 19 de noviembre) de los documentos exigidos por la propuesta provisional implicará:
a) Cuando se refiera a la acreditación de requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria, su desistimiento de la solicitud.
b) Cuando se refiera a la acreditación de los elementos a considerar para aplicar los criterios de valoración, la no consideración de tales criterios, con la consiguiente modificación de la valoración obtenida.
Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades en que se pueda incurrir.
SEXTO.- Con anterioridad al vencimiento del plazo de trámite de audiencia, los beneficiarios provisionales y suplentes deberán comunicar la aceptación de la subvención propuesta o, en su caso, el desistimiento de la solicitud. A falta de desistimiento expreso la subvención propuesta se tendrá por aceptada.
SÉPTIMO.- Esta resolución será publicada en la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Contra la misma , como acto de trámite, no cabe recurso alguno de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre."
Más información en los Servicios Sociales municipales. Edificio del ayuntamiento viejo.
Posteado en Discapacidad, Igualdad, Servicios Sociales, Tercera Edad el 11 - Aug - 2018
El Servicio de Residencias de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía ha ofertado recientemente al Ayuntamiento de Iznalloz hasta 45 plazas de vacaciones en su Residencia de Marbella (bungalows de 2 dormitorios, 4 plazas por bungalow) para disfrutarlas entre los días 10 y 14 del próximo mes de septiembre.
Las plazas están dirigidas a personas mayores, jubilados, discapacitados y víctimas de violencia de género. Quienes estén interesados en disfrutar esta oferta de vacaciones a un coste mínimo, deben formalizar la correspondiente solicitud de reserva en el ayuntamiento de Iznalloz.
Pueden descargarse las solicitudes de reserva en este enlace.
Posteado en Discapacidad, Educación, Empleo, Igualdad, Juventud, Promoción Económica y Desarrollo Local, Sanidad, Seguridad Ciudadana, Servicios Sociales, Tercera Edad, Urbanismo el 11 - Jun - 2018
Ya está disponible la sección del grupo de trabajo Zonas Desfavorecidas en esta web. En esa ubicación se irá reflejando la actividad de la Comisión Local de Impulso Comunitario constituida el 22 de mayo en el Salón de Actos del Ayuntamiento. Quien esté interesado en participar en dicha comisión puede solicitarlo al correo zonasdesfavorecidas@iznalloz.es